Artículo 83 de Código Municipal para el Estado de Coahuila de Zaragoza — Chiapas
Código Municipal para el Estado de Coahuila de Zaragoza — Chiapas · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Los integrantes del Consejo Municipal designado, rendirán su protesta, en el lugar día y hora que fije el Congreso del Estado, en los mismos términos que prevé este código para la instalación del Ayuntamiento.
CAPÍTULO V DEL FUNCIONAMIENTO DEL AYUNTAMIENTO (REFORMADO, P.O. 16 DE NOVIEMBRE DE 2001)
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.