Artículo 95 de Código Municipal para el Estado de Coahuila de Zaragoza — Chiapas
Código Municipal para el Estado de Coahuila de Zaragoza — Chiapas · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Los acuerdos del Ayuntamiento se tomarán por mayoría simple de votos, salvo aquéllos en que por disposición de este código o el reglamento interior respectivo, se exija mayoría absoluta o calificada. En caso de empate el presidente municipal tendrá voto de calidad. Para los efectos de este código, se entiende por:
I. Mayoría simple: la mitad más uno de los munícipes presentes que sean necesarios para que la sesión sea válida. II. Mayoría absoluta: la mitad más uno de los integrantes del Ayuntamiento. III. Mayoría calificada: las dos terceras partes de la totalidad de los integrantes del Ayuntamiento.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.