Artículo 342 de Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares
Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares · Última reforma de referencia: 16-12-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 342. En los supuestos de presunciones legales que admiten prueba en contrario, opera la inversión de la carga de la prueba.
Sección Décima De la Valoración de las Pruebas
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.