Artículo 893 de Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares
Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares · Última reforma de referencia: 16-12-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 893. La sentencia de condena incluirá lo relativo a los gastos y costas que correspondan.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.