Código procesal federal

Artículo 286 de Código Nacional de Procedimientos Penales

Código Nacional de Procedimientos Penales · Última reforma de referencia: 2014-03-05 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 286. Cateo en residencia u oficinas públicas Para la práctica de un cateo en la residencia u oficina de cualquiera de los Poderes Ejecutivo, Legislativo o Judicial de los tres órdenes de gobierno o en su caso organismos constitucionales autónomos, la Policía o el Ministerio Público recabarán la autorización correspondiente en los términos previstos en este Código.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

El artículo 286 del Código Nacional de Procedimientos Penales se refiere al procedimiento que deben seguir la Policía o el Ministerio Público para realizar un cateo en las residencias u oficinas de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, así como en organismos constitucionales autónomos. Este tipo de acción requiere una autorización previa.

Es importante destacar que la autorización debe ser obtenida conforme a lo que establece el propio Código, asegurando así que se respeten los derechos y procedimientos legales establecidos.

  • Se requiere autorización para realizar un cateo.
  • Aplica a residencias y oficinas de los tres poderes de gobierno.
  • Incluye organismos constitucionales autónomos.

Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 286 de Código Nacional de Procedimientos Penales?

Cateo en residencia u oficinas públicas Para la práctica de un cateo en la residencia u oficina de cualquiera de los Poderes Ejecutivo, Legislativo o Judicial de los tres órdenes de gobierno o en su caso organismos…

¿Está vigente el artículo 286?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 2014-03-05. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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