Código Penal estatal

Artículo 11 de Código Penal del Estado de Campeche — Campeche

Código Penal del Estado de Campeche — Campeche · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 11. Validez personal y edad penal.

Las disposiciones de este código se aplicarán a todas las personas a partir de los dieciocho años de edad.

Este código se aplicará, por igual, a todos los responsables de los delitos, sean nacionales o extranjeros, con la salvedad, por lo que hace a estos últimos, de las excepciones reconocidas en los tratados celebrados por el Estado Mexicano con otras naciones y en el derecho de reciprocidad.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 11 de Código Penal del Estado de Campeche — Campeche?

Validez personal y edad penal. Las disposiciones de este código se aplicarán a todas las personas a partir de los dieciocho años de edad. Este código se aplicará, por igual, a todos los responsables de los delitos, sean…

¿Está vigente el artículo 11?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 2000-01-01. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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