Artículo 153 de Código Penal del Estado de Campeche
Código Penal del Estado de Campeche · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 153. En materia del delito de secuestro se estará a lo establecido en la Ley General para Prevenir y Sancionar los Delitos en materia de Secuestro, reglamentaria de la fracción XXI del artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.