Artículo 242 de Código Penal del Estado de Campeche — Campeche
Código Penal del Estado de Campeche — Campeche · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 242. Se aplicará de uno a cuatro años de prisión y multa de setenta y dos a doscientos ochenta y ocho días de salario y el decomiso de los productos a que se refiere este artículo:
I. A quien venda o distribuya bebidas con contenido alcohólico a un menor de dieciocho años de edad; y, II. A quien venda o distribuya bebidas con contenido alcohólico fuera de los horarios que autorice la autoridad competente.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.