Artículo 341 de Código Penal del Estado de Campeche
Código Penal del Estado de Campeche · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 341. Para los efectos de este código, servidor público se entenderá en los términos que establece el artículo 116 de la Constitución Política del Estado de Durango.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.