Artículo 100 de Código Penal del Estado de Chihuahua
Código Penal del Estado de Chihuahua · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 100. Alcance del perdón El perdón otorgado a favor de uno de los imputados o sentenciados, beneficiará a los demás participantes del delito y encubridores.
Deberá otorgarse ante la autoridad investigadora, la judicial que conozca de la instancia relativa o ante la autoridad ejecutora, según sea el caso.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.