Artículo 364 de Código Penal del Estado de Chihuahua
Código Penal del Estado de Chihuahua · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 364. Se impondrá multa de hasta doscientos salarios a quien omita dolosamente prestar cuidados a un animal de compañía, que sea de su propiedad y que esta omisión ponga en peligro la salud del animal.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.