Código Penal estatal

Artículo 73 de Código Penal del Estado de Chihuahua

Código Penal del Estado de Chihuahua · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 73. Punibilidad del delito imprudencial En los casos de delitos imprudenciales, se impondrán de seis meses a cinco años de prisión; multa hasta de ochenta salarios mínimos y suspensión de seis meses hasta diez años del derecho relacionado con la conducta punible, con excepción de aquellos para los que la ley señale una pena específica.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 73 de Código Penal del Estado de Chihuahua?

Punibilidad del delito imprudencial En los casos de delitos imprudenciales, se impondrán de seis meses a cinco años de prisión; multa hasta de ochenta salarios mínimos y suspensión de seis meses hasta diez años del…

¿Está vigente el artículo 73?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 2000-01-01. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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