Código Penal estatal

Artículo 194 de Código Penal del Estado de Coahuila de Zaragoza

Código Penal del Estado de Coahuila de Zaragoza · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 194 (Determinación o ayuda al suicidio complementadas)

Se impondrá de siete a dieciséis años de prisión y multa, a quien determine a una persona que tenga quince años o más, pero menos de dieciocho, a que se prive de su vida, si el suicidio se consuma.

Se impondrá de seis a catorce años de prisión y multa, al agente que solo preste ayuda a quien tenga quince años o más, pero menos de dieciocho, para que se prive de su vida, si el suicidio se consuma.

Si en el supuesto del párrafo precedente, el agente presta la ayuda hasta el punto de causar él mismo la muerte, se le impondrá de siete a dieciséis años de prisión y multa. Más si el agente también fue determinador, se le impondrá de ocho a diecisiete años de prisión y multa.

(REFORMADO, P.O. 23 DE FEBRERO DE 2021)

Se impondrá de dieciocho a treinta años de prisión y multa, al agente que determine o ayude a quien tenga menos de quince años, persona adulta mayor o mujer en estado de embarazo a que se prive de su vida, si el suicidio se consuma.

En cualquiera de los supuestos de este artículo y del anterior, se privará al agente de los derechos sucesorios que tenga o pueda tener frente a la víctima.

Los delitos previstos en este artículo no admitirán la tentativa punible, pero si en virtud de los actos de tentativa, el agente causa lesiones en el supuesto del párrafo tercero de este artículo, se le impondrán las penas que correspondan a las lesiones de que se trate.

Capítulo Séptimo Aborto

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 194 de Código Penal del Estado de Coahuila de Zaragoza?

(Determinación o ayuda al suicidio complementadas) Se impondrá de siete a dieciséis años de prisión y multa, a quien determine a una persona que tenga quince años o más, pero menos de dieciocho, a que se prive de su…

¿Está vigente el artículo 194?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 2000-01-01. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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