Código Penal estatal

Artículo 333 de Código Penal del Estado de Coahuila de Zaragoza

Código Penal del Estado de Coahuila de Zaragoza · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 333 (Modalidades agravantes de extorsión)

Se considerarán como modalidades agravantes de extorsión, las siguientes:

I. (Contra persona de la tercera edad)

Se aumentará una cuarta parte al mínimo y al máximo de las penas de prisión y de multa señaladas en el artículo 332 de este código, cuando el delito se cometa contra persona mayor de sesenta años.

II. (Afectación patrimonial y medios de agravación)

Se aumentará tres cuartas partes al mínimo y al máximo de las penas de prisión y de multa señaladas en el artículo 332 de este código, cuando se obtenga el beneficio económico, o la ventaja de cualquier clase, o se logre lesionar el patrimonio o a otro bien jurídico concreto de la víctima o de la tercera persona a que se refiere el artículo 332 de este código.

III. (Sujetos activos calificados)

Se aumentará un tanto al mínimo y al máximo de las penas de prisión y de multa señaladas en el artículo 332 de este código, cuando el delito se realice por servidor público o miembro o ex-miembro de alguna institución de seguridad pública o de empresa de seguridad privada.

Además, según sea el caso, se destituirá e inhabilitará de quince a veinte años al servidor o ex-servidor público, o al miembro o ex-miembro de institución de seguridad pública o de empresa de seguridad privada, para desempeñar un cargo, empleo o comisión en cualquier entidad oficial del Estado o de sus municipios, y se le suspenderá de quince a veinte años del derecho a celebrar con aquellas entidades, contratos o convenios de prestación de servicios profesionales, así como del derecho a realizar cualquier clase de actividad de seguridad privada.

Por miembro o ex-miembro de instituciones de seguridad pública se entenderá a las personas señaladas en el artículo 341 de este código.

(ADICIONADO, P.O. 4 DE DICIEMBRE DE 2020)

Se impondrán las mismas penas a que se refiere el primer párrafo de esta fracción, si el sujeto activo es trabajador de instituciones públicas o privadas que por razón de su empleo tengan acceso a bancos de datos personales y que los utilice o los sustraiga para sí o para terceros, con el objeto de obtener un lucro o beneficio por medio de la extorsión en sus diversas modalidades.

IV. (Otras modalidades agravantes)

Se aumentará tres cuartas partes al mínimo y al máximo de las penas de prisión y de multa señaladas en el artículo 332 de este código, cuando en la comisión del delito:

a) (Personas armadas)

Intervenga una o más personas armadas.

b) (Contra servidor público)

La extorsión se cometa en contra de cualquier servidor público debido a su cargo, empleo o comisión.

c) (Violencia)

Se emplee violencia física sin originar lesiones, o se originen aquellas que tarden menos de quince días en sanar y no pongan en peligro la vida.

V. (Modalidades de violencia especialmente agravada)

Se aumentará un tanto al mínimo y al máximo de las penas de prisión y de multa previstas en el artículo 332 de este código, cuando mediante la violencia física ejercida para la extorsión, o después, pero con motivo de la misma, se infiera cualquiera de las lesiones previstas en las fracciones II y III del artículo 200 de este código.

Más si se ocasiona cualquier otra lesión de las previstas en las fracciones IV a VIII del artículo 200 de este código, se aumentará un tanto y medio al mínimo y al máximo de las penas de prisión y de multa previstas en el artículo 332 de este código.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

Pregúntale a Ian

¿Cómo se aplica el artículo 333 de Código Penal del Estado de Coahuila de Zaragoza a tu caso?

Ian es un asistente jurídico con IA que busca en 69,002 tesis del SJF, 618 resoluciones de la Corte IDH y las reformas del DOF para explicarte qué criterios interpretan esta disposición — siempre con la cita exacta y verificable, sin inventar.

Preguntar gratis → 1 consulta gratis al día · sin tarjeta · sin instalación

Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 333 de Código Penal del Estado de Coahuila de Zaragoza?

(Modalidades agravantes de extorsión) Se considerarán como modalidades agravantes de extorsión, las siguientes: I. (Contra persona de la tercera edad) Se aumentará una cuarta parte al mínimo y al máximo de las penas de…

¿Está vigente el artículo 333?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 2000-01-01. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

Puedes preguntarle a Ian, que busca entre 69,002 tesis del Semanario Judicial de la Federación y 618 resoluciones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, citando cada criterio aplicable.