Artículo 313 de Código Penal del Estado de Michoacán
Código Penal del Estado de Michoacán · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 313.- Las sanciones establecidas en el artículo anterior, se aumentarán con prisión hasta de cinco años y multa de diez a cien días de salario mínimo general vigente, cuando el abigeato se ejecute con violencia; se cometa aprovechando alguna relación de servicio, de trabajo o de hospitalidad; o, se ejecute con intervención de dos o más personas o una o varias personas armadas o que utilicen o porten otros objetos peligrosos.
(REFORMADO, P.O. 6 DE JULIO DE 2007)
Artículo 314.- Las sanciones previstas en el artículo 312, se aplicarán a los que adquieran o sacrifiquen ganado robado, según su valor, y a las autoridades que intervengan en la legalización de documentos que acrediten la propiedad del semoviente, si no tomaron las medidas indispensables para cerciorarse de la procedencia legítima del ganado.
(REFORMADO, P.O. 6 DE JULIO DE 2007)
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.