Código Penal estatal

Artículo 10 de Código Penal del Estado de San Luis Potosí

Código Penal del Estado de San Luis Potosí · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

ARTÍCULO 10. Aplicación extraterritorial Este Código se aplicará, por los delitos cometidos en alguna entidad federativa, en los casos siguientes:

I. Por los delitos que produzcan efectos dentro del territorio del Estado;

II. Por los delitos cuya ejecución se inicie fuera del territorio del Estado, si se consuman dentro del mismo, y III. Por los delitos permanentes o continuados y se sigan cometiendo dentro del territorio del Estado.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 10 de Código Penal del Estado de San Luis Potosí?

Aplicación extraterritorial Este Código se aplicará, por los delitos cometidos en alguna entidad federativa, en los casos siguientes: I. Por los delitos que produzcan efectos dentro del territorio del Estado; II. Por…

¿Está vigente el artículo 10?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 2000-01-01. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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