Código Penal estatal

Artículo 275 de Código Penal del Estado de San Luis Potosí

Código Penal del Estado de San Luis Potosí · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

ARTÍCULO 275. Comete el delito de coacción quien presiona a la autoridad por medio de la violencia física o moral para obligarla a que ejecute un acto oficial, sin los requisitos de legalidad, o cualquier otro acto que no se encuentra dentro de sus atribuciones.

(REFORMADO, P.O. 19 DE JULIO DE 2017)

Este delito se sancionará con una pena de seis meses a tres años de prisión y sanción pecuniaria de sesenta a trescientos días del valor de la unidad de medida y actualización.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 275 de Código Penal del Estado de San Luis Potosí?

Comete el delito de coacción quien presiona a la autoridad por medio de la violencia física o moral para obligarla a que ejecute un acto oficial, sin los requisitos de legalidad, o cualquier otro acto que no se…

¿Está vigente el artículo 275?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 2000-01-01. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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