Código Penal estatal

Artículo 376 de Código Penal del Estado de San Luis Potosí

Código Penal del Estado de San Luis Potosí · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

ARTÍCULO 376. (DEROGADO, P.O. 27 DE FEBRERO DE 2023)

SEGUNDO. Se ABROGA el Código Penal del Estado de San Luis Potosí, expedido en el Decreto Legislativo 1155 publicado en el Periódico Oficial del Estado el dieciséis de octubre de dos mil doce.

T R A N S I T O R I O S PRIMERO. El presente Decreto entrará en vigor el treinta de septiembre de dos mil catorce, previa su publicación en el Periódico Oficial del Estado.

SEGUNDO. Al entrar en vigor el presente ordenamiento, se abroga el Código Penal del Estado de San Luis Potosí, publicado en el Periódico Oficial del Estado, el dieciséis de octubre de dos mil doce, mediante Decreto Legislativo 1155, que se (sic) cuya entrada en vigor se estableció para el treinta de septiembre de dos mil catorce.

TERCERO. El Código que se publicó en el Periódico Oficial del Estado, mediante Decreto 571 del treinta de septiembre de dos mil, y que se abroga con la expedición del Decreto Legislativo 1155, seguirá aplicándose para los hechos u omisiones ejecutados durante su vigencia, a menos que, conforme al presente Código, hayan dejado de considerarse como delitos o que este ordenamiento resulte más favorable. Así mismo, dichos preceptos seguirán aplicándose a las personas procesadas o sentenciadas por los delitos previstos y sancionados por los mismos artículos.

CUARTO. Quedan vigentes las disposiciones de carácter penal contenidas en leyes especiales, en todo lo que no esté previsto en este Código.

QUINTO. En los lugares en que se aplique el sistema procesal penal acusatorio, de conformidad con el artículo transitorio segundo del decreto de reforma constitucional publicado del (sic) dieciocho de junio de dos mil ocho, se aplicarán las reglas previstas para la investigación de los delitos objeto de la (sic) presente Código.

SEXTO. Tratándose del delito de secuestro, se seguirá aplicando el Código expedido con el Decreto Legislativo número 571 abrogado, para aquellos casos iniciados durante su vigencia y antes de la expedición de la Ley General para Prevenir y Sancionar este delito, debiéndose aplicar ésta a partir de su entrada en vigor.

Por lo que se refiere a los delitos de trata de personas y narcomenudeo, se estará a lo señalado en las Leyes Generales respectivas.

SÉPTIMO. Los poderes, Ejecutivo; y Judicial del Estado expedirán los reglamentos necesarios para la implementación de las disposiciones del presente Decreto, en un plazo de noventa días a partir de la entrada en vigor del mismo.

Lo tendrá entendido el Ejecutivo del Estado, lo hará publicar, circular y obedecer.

D A D O en el salón “Ponciano Arriaga Leija” del Honorable Congreso del Estado, el veintiocho de septiembre de dos mil catorce.

Diputado Presidente Crisógono Sánchez Lara, Diputado Primer Secretario José Francisco Martínez Ibarra, Diputada Segunda Secretaría Marianela Villanueva Ponce (Rúbricas). Por tanto mando se cumpla y ejecute el presente Decreto y que todas las autoridades lo hagan cumplir y guardar y al efecto se imprima, publique y circule a quienes corresponda.

D A D O en el Palacio de Gobierno, sede del Poder Ejecutivo del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí, a los veintinueve días del mes de septiembre del año dos mil catorce.

El Gobernador Constitucional del Estado Dr. Fernando Toranzo Fernández (Rúbrica)

El Secretario General de Gobierno Lic. Cándido Ochoa Rojas (Rúbrica)

N. DE E. A CONTINUACIÓN SE TRANSCRIBEN LOS ARTÍCULOS TRANSITORIOS DE LOS DECRETOS DE REFORMAS AL PRESENTE ORDENAMIENTO.

P.O. 5 DE SEPTIEMBRE DE 2015.

DECRETO NÚMERO 1187, POR EL QUE SE REFORMAN LOS ARTÍCULOS 128 Y 210 DEL CÓDIGO PENAL DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ.

PRIMERO. El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado.

SEGUNDO. Se derogan todas las disposiciones que se opongan a este Decreto.

P.O. 5 DE SEPTIEMBRE DE 2015.

DECRETO NÚMERO 1190, POR EL QUE SE ADICIONA PÁRRAFO SÉPTIMO AL ARTÍCULO 105, DEL CÓDIGO PENAL DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ.

PRIMERO. El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado.

SEGUNDO. Se derogan todas las disposiciones que se opongan a este Decreto.

P.O. 17 DE SEPTIEMBRE DE 2016.

[N. DE E. TRANSITORIOS DEL "DECRETO 0383.- SE REFORMA EL ARTÍCULO 135, DEL CÓDIGO PENAL DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ".] PRIMERO. Esta (sic) Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado.

SEGUNDO. Se derogan todas las disposiciones de igual o menor jerarquía que se opongan al presente Decreto.

P.O. 14 DE OCTUBRE DE 2016.

[N. DE E. TRANSITORIOS DEL "DECRETO 0414.- SE REFORMA DE LA PARTE ESPECIAL LA DENOMINACIÓN DEL TÍTULO DÉCIMO OCTAVO; Y ADICIONA CAPÍTULO III "DELITOS CONTRA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE TRANSPORTE PÚBLICO DE PASAJEROS" DE Y AL CÓDIGO PENAL DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ".] PRIMERO. Este Decreto entrará en vigor el uno de enero de 2017, previa publicación en el Periódico Oficial del Estado.

SEGUNDO. Se derogan las disposiciones que se opongan al presente Decreto.

P.O. 10 DE DICIEMBRE DE 2016.

[N. DE E. TRANSITORIOS DEL "DECRETO 0435.- SE ADICIONA EL ARTÍCULO 178 BIS, AL CÓDIGO PENAL DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ".] PRIMERO. Este Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado “Plan de San Luis”.

SEGUNDO. Se derogan todas las disposiciones legales que se opongan al presente Decreto.

P.O. 7 DE FEBRERO DE 2017.

[N. DE E. TRANSITORIOS DEL "DECRETO 0565.- SE ADICIONA EN LA PARTE ESPECIAL AL TÍTULO SEXTO EL CAPÍTULO VII DENOMINADO "INCESTO", Y EL ARTÍCULO 207 BIS, AL CÓDIGO PENAL DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ".] PRIMERO. Este Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado "Plan de San Luis".

SEGUNDO. Se derogan todas las disposiciones legales que se opongan al presente Decreto.

P.O. 14 DE MARZO DE 2017.

[N. DE E. TRANSITORIOS DEL “DECRETO 0578.- SE DEROGA LA FRACCIÓN III DEL ARTÍCULO 213 DEL CÓDIGO PENAL DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ”.] PRIMERO. Este Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado “Plan de San Luis”.

SEGUNDO. Se derogan todas las disposiciones legales que se opongan al presente Decreto.

P.O. 18 DE MARZO DE 2017.

[N. DE E. TRANSITORIOS DEL “DECRETO 0588.- SE REFORMA EL ARTÍCULO 317; Y ADICIONA EL ARTÍCULO 317 BIS, DE Y AL CÓDIGO PENAL DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ”.] PRIMERO. Este Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado “Plan de San Luis”.

SEGUNDO. Se deroga (sic) todas las disposiciones legales que se opongan al presente al presente (sic) Decreto.

P.O. 11 DE ABRIL DE 2017.

[N. DE E. TRANSITORIOS DEL “DECRETO 0605.- SE REFORMA Y ADICIONA EL CÓDIGO PENAL DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ”.] PRIMERO. Este Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado “Plan de San Luis”.

SEGUNDO. Se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente Decreto.

P.O. 29 DE ABRIL DE 2017.

[N. DE E. TRANSITORIOS DEL “DECRETO 0617.- REFORMA A LOS ARTÍCULOS 29 EN SU PÁRRAFO TERCERO Y 86 DEL CÓDIGO PENAL DEL ESTADO”.] PRIMERO. El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado “Plan de San Luis”.

SEGUNDO. Se derogan todas las disposiciones legales que se opongan al presente.

P.O. 13 DE MAYO DE 2017.

[N. DE E. TRANSITORIOS DEL “DECRETO 0624.- SE ADICIONA PÁRRAFO ÚLTIMO AL ARTÍCULO 144, DEL CÓDIGO PENAL DEL ESTADO”.] PRIMERO. Este Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado "Plan de San Luis".

SEGUNDO. Se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente Decreto.

P.O. 27 DE MAYO DE 2017.

[N. DE E. TRANSITORIOS DEL “DECRETO 0643.- SE REFORMA EL ARTÍCULO 237;

ADICIONA EL ARTÍCULO 240 BIS; Y DEROGA EL ARTÍCULO 238, DEL CÓDIGO PENAL DEL ESTADO”.] PRIMERO. Este Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado "Plan de San Luis".

SEGUNDO. Se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente Decreto.

P.O. 19 DE JULIO DE 2017.

[N. DE E. TRANSITORIOS DEL "DECRETO 0676.- SE REFORMAN DIVERSOS ARTÍCULOS DE LOS CÓDIGOS CIVIL, DE PROCEDIMIENTOS CIVILES, FAMILIAR Y PENAL TODOS DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ".] PRIMERO. Este Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado "Plan de San Luis".

SEGUNDO. Se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente Decreto.

P.O. 12 DE SEPTIEMBRE DE 2017.

[N. DE E. TRANSITORIOS DEL "DECRETO 0694.- SE ABROGA LA LEY DE EJECUCIÓN DE MEDIDAS CAUTELARES; PENAS, Y MEDIDAS DE SEGURIDAD PARA EL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ Y SE DEROGA DE LA PARTE GENERAL EN EL TÍTULO QUINTO SU CAPÍTULO VIII Y LOS ARTÍCULOS, 91 A 94 DEL CÓDIGO PENAL DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ".] PRIMERO. Este Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado "Plan de San Luis".

SEGUNDO. Se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente Decreto.

P.O. 10 DE OCTUBRE DE 2017.

[N. DE E. TRANSITORIOS DEL "DECRETO 716.- SE ADICIONA EL ARTÍCULO 204 BIS, AL CÓDIGO PENAL DE ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ".] PRIMERO. Este Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado "Plan de San Luis".

SEGUNDO. Se derogan las disposiciones que se opongan al presente Decreto.

P.O. 17 DE OCTUBRE DE 2017.

[N. DE E. TRANSITORIOS DEL "DECRETO 726.- SE REFORMA EL TÍTULO DÉCIMO SEGUNDO DENOMINADO DEL CAPÍTULO V "DELITOS COMETIDOS CONTRA SERVIDORES PÚBLICOS O AGENTES DE LA AUTORIDAD EN EJERCICIO DE SUS FUNCIONES" Y EL ARTÍCULO 277 EN SU PÁRRAFO PRIMERO; DEROGA DEL MISMO ARTÍCULO 277 LOS PÁRRAFOS, SEGUNDO Y TERCERO, DEL CÓDIGO PENAL DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ".] PRIMERO. Este Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado, "Plan de San Luis".

SEGUNDO. Se derogan todas las disposiciones legales y administrativas que se opongan al presente Decreto.

P.O. 21 DE OCTUBRE DE 2017.

[N. DE E. TRANSITORIOS DEL "DECRETO 731.- SE ADICIONAN LOS ARTÍCULOS 128 Y 135 DEL CÓDIGO PENAL DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ; Y SE REFORMA EL ARTÍCULO 116 Y ADICIONAN A LOS 114 Y 116 DE LA LEY DEL REGISTRO CIVIL DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ".] PRIMERO. Este Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado "Plan de San Luis".

SEGUNDO. Se derogan todas las disposiciones legales y administrativas que se opongan al presente Decreto.

P.O. 28 DE OCTUBRE DE 2017.

[N. DE E. TRANSITORIOS DEL “DECRETO 0733.- SE REFORMA EL ARTÍCULO 308 EN SUS FRACCIONES, V, Y VI; Y ADICIONA AL MISMO ARTÍCULO 308 LA FRACCIÓN VII, DEL CÓDIGO PENAL DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ".] PRIMERO. Este Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado "Plan de San Luis".

SEGUNDO. Se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente Decreto.

P.O. 30 DE NOVIEMBRE DE 2017.

[N. DE E. TRANSITORIOS DEL "DECRETO 753.- SE REFORMA EL ARTÍCULO 187, DEL CÓDIGO PENAL DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ".] PRIMERO. Este Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado "Plan de San Luis".

SEGUNDO. Se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente Decreto.

P.O. 31 DE DICIEMBRE DE 2017.

[N. DE E. TRANSITORIOS DEL "DECRETO 860.- SE REFORMAN (SIC) ARTÍCULO, 324, DEL CÓDIGO PENAL DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ".] PRIMERO. Este Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado "Plan de San Luis".

SEGUNDO. Se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente Decreto.

P.O. 31 DE DICIEMBRE DE 2017.

[N. DE E. TRANSITORIOS DEL “DECRETO 861.- SE REFORMAN (SIC) ARTÍCULO, 95, DEL CÓDIGO PENAL DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ".] PRIMERO. Este Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado "Plan de San Luis".

SEGUNDO. Se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente Decreto.

P.O. 31 DE DICIEMBRE DE 2017.

[N. DE E. TRANSITORIOS DEL “DECRETO 862.- SE REFORMAN ARTÍCULO (SIC), 191, 197, 295, 298, 301, Y 295, DEL CÓDIGO PENAL DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ".] PRIMERO. Este Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado "Plan de San Luis".

SEGUNDO. Se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente Decreto.

P.O. 17 DE FEBRERO DE 2018.

[N. DE E. TRANSITORIOS DEL "DECRETO 881.- SE ADICIONA PÁRRAFO SEGUNDO AL ARTÍCULO 178 BIS, DEL CÓDIGO PENAL DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ".] PRIMERO. Este Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado "Plan de San Luis".

SEGUNDO. Se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente Decreto.

P.O. 17 DE FEBRERO DE 2018.

[N. DE E. TRANSITORIOS DEL "DECRETO 882.- SE REFORMA LOS ARTÍCULOS, 157, Y 158; Y ADICIONA LOS ARTÍCULOS, 157 BIS, 157 TER, 157 QUÁTER, 158 BIS, Y 158 TER, DE Y AL CÓDIGO PENAL DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ”.] PRIMERO. Este Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado "Plan de San Luis".

SEGUNDO. Se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente Decreto.

P.O. 17 DE FEBRERO DE 2018.

[N. DE E. TRANSITORIOS DEL “DECRETO 883.- SE ADICIONA EL ARTÍCULO 168 BIS, AL CÓDIGO PENAL DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ”.] PRIMERO. Este Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado "Plan de San Luis".

SEGUNDO. Se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente Decreto.

P.O. 20 DE FEBRERO DE 2018.

[N. DE E. TRANSITORIOS DEL “DECRETO 893.- SE REFORMA EL ARTÍCULO 305 DEL CÓDIGO PENAL DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ”.] PRIMERO. Este Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado “Plan de San Luis”.

SEGUNDO. Se derogan todas las disposiciones legales que se opongan al presente a este Decreto.

P.O. 17 DE ABRIL DE 2018.

[N. DE E. TRANSITORIOS DEL “DECRETO 932.- SE ADICIONA PÁRRAFO ÚLTIMO AL ARTÍCULO 318, DEL CÓDIGO PENAL DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ”.] PRIMERO. El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado “Plan de San Luis”.

SEGUNDO. Se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente Decreto.

P.O. 3 DE MAYO DE 2018.

[N. DE E. TRANSITORIOS DEL “DECRETO 949.- SE REFORMAN LOS ARTÍCULOS 143 Y 357 DEL CÓDIGO PENAL DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ; ASÍ MISMO SE REFORMA EL ARTÍCULO 72 DE LA LEY DE TRÁNSITO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ”.] PRIMERO. Este Decreto entra en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado “Plan de San Luis”.

SEGUNDO. Se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente Decreto.

P.O. 17 DE MAYO DE 2018.

[N. DE E. TRANSITORIOS DEL “DECRETO 957.- SE ADICIONA EL ARTÍCULO 187 BIS, AL CÓDIGO PENAL DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ”.] PRIMERO. Este Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado “Plan de San Luis”.

SEGUNDO. Se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente Decreto.

P.O. 7 DE JUNIO DE 2018.

[N. DE E. TRANSITORIOS DEL “DECRETO 972.- SE ADICIONAN LOS ARTÍCULOS, 293 BIS, Y 293 TER, AL CÓDIGO PENAL DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ”.] PRIMERO. Este Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado "Plan de San Luis".

SEGUNDO. Se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente Decreto.

P.O. 22 DE JUNIO DE 2018.

[N. DE E. TRANSITORIOS DEL “DECRETO 982.- ADICIONA PÁRRAFO AL ARTÍCULO 205 DEL CÓDIGO PENAL DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ”.] PRIMERO. Este Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado “Plan de San Luis”.

SEGUNDO. Se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente Decreto.

P.O. 22 DE JUNIO DE 2018.

[N. DE E. TRANSITORIOS DEL “DECRETO 983.-·SE REFORMAN LOS ARTÍCULOS 202 Y 203 DEL CÓDIGO PENAL DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ”.] PRIMERO. Este Decreto entrará en vigor al día siguiente de su Publicación en el Periódico Oficial del Estado "Plan de San Luis".

SEGUNDO. Se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente Decreto.

P.O. 12 DE JULIO DE 2018.

[N. DE E. TRANSITORIOS DEL “DECRETO 1011.- SE REFORMAN LOS ARTÍCULOS, 237, 239, 241, Y 242 DEL CÓDIGO PENAL DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ”.] PRIMERO. Este Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado “Plan de San Luis”.

SEGUNDO. Se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente Decreto.

P.O. 24 DE JULIO DE 2018.

[N. DE E. TRANSITORIOS DEL “DECRETO 1019.- SE REFORMA EL ARTÍCULO 202 EN SU FRACCIÓN I, DEL CÓDIGO PENAL DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ”.] PRIMERO. Este Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado “Plan de San Luis”.

SEGUNDO. Se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente Decreto.

P.O. 27 DE JULIO DE 2018.

[N. DE E. TRANSITORIOS DEL “DECRETO 1034.- SE ADICIONA PÁRRAFO ÚLTIMO AL ARTÍCULO 205 DEL CÓDIGO PENAL DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ; Y ADICIONA EN EL ARTÍCULO 43 UNA FRACCIÓN A LA LEY DE PREVENCIÓN Y ATENCIÓN DE LA VIOLENCIA FAMILIAR DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ”.] PRIMERO. Este Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado “Plan de San Luis”.

SEGUNDO. Se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente Decreto.

P.O. 20 DE AGOSTO DE 2018.

[N. DE E. TRANSITORIOS DEL “DECRETO 1045.- SE EXPIDE LA LEY ORGÁNICA DE LA FISCALÍA GENERAL DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ; SE REFORMAN Y ADICIONAN DIVERSOS ARTÍCULOS DE LA LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ; DE LA LEY DEL SISTEMA DE SEGURIDAD PÚBLICA DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ; DE LA LEY ORGÁNICA DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ; Y DEL CÓDIGO PENAL DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ”.] PRIMERO. El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado "Plan de San Luis".

SEGUNDO. Se derogan todas aquellas disposiciones que se opongan al presente ordenamiento.

TERCERO. El Ejecutivo del Estado deberá armonizar los reglamentos correspondientes dentro de los 180 días siguientes a la entrada en vigor de este Decreto.

P.O. 27 DE DICIEMBRE DE 2018.

[N. DE E. TRANSITORIOS DEL "DECRETO 0022.- SE ADICIONA DE LA PARTE ESPECIAL AL TÍTULO OCTAVO UN CAPÍTULO DENOMINADO "INSOLVENCIA FRAUDULENTA", Y EL ARTÍCULO 242 BIS DEL CÓDIGO PENAL DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ".] PRIMERO. Este Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado "Plan de San Luis".

SEGUNDO. Se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente Decreto.

P.O. 29 DE JULIO DE 2019.

[N. DE E. TRANSITORIOS DEL "DECRETO 0214-. SE DEROGA, DEL ARTÍCULO 317, SU PÁRRAFO QUINTO, DEL CÓDIGO PENAL DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ".] PRIMERO. Este Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado "Plan de San Luis".

SEGUNDO. Se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente Decreto.

P.O. 22 DE OCTUBRE DE 2019.

[N. DE E. TRANSITORIOS DEL “DECRETO 0274.- SE REFORMA EL ARTÍCULO 298 EN SU PÁRRAFO SEGUNDO DEL CÓDIGO PENAL DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ”.] PRIMERO. Este Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado “Plan de San Luis”.

SEGUNDO. Se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente Decreto.

P.O. 8 DE NOVIEMBRE DE 2019.

[N. DE E. TRANSITORIOS DEL "DECRETO 0296.- SE REFORMA EL ARTÍCULO 360 BIS, DEL CÓDIGO DE PENAL DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ".] PRIMERO. Este Decreto entrará en vigor a los noventa días hábiles siguientes a su publicación en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado "Plan de San Luis".

SEGUNDO. Se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente Decreto.

P.O. 13 DE DICIEMBRE DE 2019.

[N. DE E. TRANSITORIOS DEL “DECRETO 0326.- SE ADICIONAN LOS ARTÍCULOS 286 BIS Y 286 TER DEL CÓDIGO PENAL DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ”.] PRIMERO. Este Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado “Plan de San Luis”.

SEGUNDO. Se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente Decreto.

P.O. 27 DE DICIEMBRE DE 2019.

[N. DE E. TRANSITORIOS DEL “DECRETO 0455.- SE REFORMAN LOS ARTÍCULOS 83 Y 84 DE LA LEY ESTATAL DE PROTECCIÓN A LOS ANIMALES; Y SE REFORMA, DE LA PARTE ESPECIAL, LA DENOMINACIÓN DEL TÍTULO DÉCIMO QUINTO Y DEL CAPÍTULO V;

ASÍ COMO LOS ARTÍCULOS 309 Y 317; Y ADICIONA AL ARTÍCULO 311 EL PÁRRAFO TERCERO, DEL CÓDIGO PENAL DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ”.] PRIMERO. Este Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado “Plan de San Luis”.

SEGUNDO. Se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente Decreto.

P.O. 3 DE MARZO DE 2020.

[N. DE E. TRANSITORIOS DEL “DECRETO 0596.- SE REFORMA EL ARTÍCULO 43 EN SU PÁRRAFO SEGUNDO, DEL CÓDIGO PENAL DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ”.] PRIMERO. Este Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado “Plan de San Luis”.

SEGUNDO. Se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente Decreto.

P.O. 3 DE MARZO DE 2020.

[N. DE E. TRANSITORIOS DEL "DECRETO 0597.- SE REFORMA EL ARTÍCULO 323 EN SU FRACCIÓN VIII, DEL CÓDIGO PENAL DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ".] PRIMERO. Este Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado "Plan de San Luis".

SEGUNDO. Se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente Decreto.

P.O. 14 DE ABRIL DE 2020.

[N. DE E. TRANSITORIOS DEL "DECRETO 0659.- SE REFORMA EL ARTÍCULO 187, DEL CÓDIGO PENAL DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ Y SE ADICIONA AL ARTÍCULO 4° UNA FRACCIÓN, DE LA LEY DE ACCESO DE LAS MUJERES A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ".] PRIMERO. Este Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado "Plan de San Luis".

SEGUNDO. Se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente Decreto.

P.O. 25 DE JUNIO DE 2020.

[N. DE E. TRANSITORIOS DEL “DECRETO 0697.- SE REFORMA (SIC) LOS ARTÍCULOS 143 EN SU FRACCIÓN I Y 357, DEL CÓDIGO PENAL DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ;

SE REFORMA EL ARTÍCULO 72 EN SU FRACCIÓN X, DE LA LEY DE TRÁNSITO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ”.] PRIMERO. Este Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado “Plan de San Luis”.

SEGUNDO. Se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente Decreto.

P.O. 9 DE JULIO DE 2020.

[N. DE E. TRANSITORIOS DEL “DECRETO 0710.- SE REFORMA EL ARTÍCULO 205; Y ADICIONA EL ARTÍCULO 205 BIS, DEL CÓDIGO PENAL DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ”.] PRIMERO. Este Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado “Plan de San Luis”.

SEGUNDO. Se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente Decreto.

P.O. 16 DE OCTUBRE DE 2020.

[N. DE E. TRANSITORIO DEL “DECRETO 0766.- SE REFORMA EL ARTÍCULO 190 EN SU PÁRRAFO SEGUNDO, DEL CÓDIGO PENAL DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ”.] PRIMERO. Este Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado “Plan de San Luis”.

P.O. 24 DE OCTUBRE DE 2020.

[N. DE E. TRANSITORIOS DEL "DECRETO 0784.- SE REFORMA LOS ARTÍCULOS 40 Y 32; SE ADICIONA AL ARTÍCULO 32, DE LA LEY DE ACCESO DE LAS MUJERES A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ; SE REFORMA EL ARTÍCULO 88, DE LA LEY ORGÁNICA DEL MUNICIPIO LIBRE DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ; SE REFORMA LOS ARTÍCULOS 365, 366, 371 , 372, 374 Y 375; ADICIONA A LOS ARTÍCULOS 366 DIEZ PÁRRAFOS, 370 UN PÁRRAFO, 372 CUATRO FRACCIONES Y EN LA PARTE ESPECIAL EN SU TÍTULO DÉCIMO NOVENO EL CAPÍTULO IX "VIOLENCIA POLÍTICA CONTRA LAS MUJERES EN RAZÓN DE GÉNERO" Y EL ARTÍCULO 376; Y DEROGA DEL ARTÍCULO 370 LAS FRACCIONES XI Y XII, DEL CÓDIGO PENAL DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ. REFORMA EL ARTÍCULO 57 EN SU FRACCIÓN XXIX; Y ADICIONA AL MISMO ARTÍCULO 57 UNA FRACCIÓN, ÉSTA COMO XXX, DE LA LEY ORGÁNICA DE LA FISCALÍA GENERAL DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ. Y REFORMA EL ARTÍCULO 56, DE LA LEY DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS PARA EL ESTADO Y MUNICIPIOS DE SAN LUIS POTOSÍ".] PRIMERO. Este Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado "Plan de San Luis".

SEGUNDO. Se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente Decreto.

P.O. 24 DE OCTUBRE DE 2020.

[N. DE E. TRANSITORIOS DEL “DECRETO 0785.- SE ADICIONA A LA PARTE ESPECIAL EN SU TÍTULO PRIMERO EL CAPÍTULO III BIS “LESIONES COMETIDAS CONTRA LA MUJER EN RAZÓN DE SU GÉNERO”, Y LOS ARTÍCULOS 142 BIS Y 142 TER, DEL CÓDIGO PENAL DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ”.] PRIMERO. Este Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado “Plan de San Luis”.

SEGUNDO. Se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente Decreto.

P.O. 11 DE NOVIEMBRE DE 2020.

[N. DE E. TRANSITORIOS DEL “DECRETO 0806.- SE REFORMA (SIC) LOS ARTÍCULOS 294 EN SUS PÁRRAFOS PRIMERO Y SÉPTIMO Y 295 EN SU PÁRRAFO PRIMERO, DEL CÓDIGO PENAL DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ”.] PRIMERO. Este Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado “Plan de San Luis”.

SEGUNDO. Se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente Decreto.

P.O. 11 DE NOVIEMBRE DE 2020.

[N. DE E. TRANSITORIOS DEL "DECRETO 0807.- SE REFORMA EL ARTÍCULO 187 BIS EN SU PÁRRAFO ÚLTIMO, DEL CÓDIGO PENAL DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ".] PRIMERO. Este Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado "Plan de San Luis".

SEGUNDO. Se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente Decreto.

P.O. 17 DE NOVIEMBRE DE 2020.

[N. DE E. TRANSITORIOS DEL "DECRETO 0811.- SE REFORMA EL ARTÍCULO 182 EN SUS AHORA PÁRRAFOS SEGUNDO Y TERCERO; Y DEROGA DEL MISMO ARTÍCULO 182 SU AHORA PÁRRAFO CUARTO, DEL CÓDIGO PENAL DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ".] PRIMERO. Este Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado "Plan de San Luis".

SEGUNDO. Se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente Decreto.

P.O. 17 DE NOVIEMBRE DE 2020.

[N. DE E. TRANSITORIOS DEL “DECRETO 0812.- SE REFORMA EL ARTÍCULO 17 EN SU FRACCIÓN VIII; Y ADICIONA AL MISMO ARTÍCULO 17 UNA FRACCIÓN, ÉSTA COMO IX, DE LA LEY DEL SISTEMA DE SEGURIDAD PÚBLICA DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ;

SE ADICIONA EN LA PARTE ESPECIAL EN SU TÍTULO DÉCIMO CUARTO, EL CAPÍTULO I BIS “DE LA COMERCIALIZACIÓN DE RÉPLICA DE ARMAS”, Y EL ARTÍCULO 287 BIS, DEL CÓDIGO PENAL DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ”.] PRIMERO. Este Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado “Plan de San Luis”.

SEGUNDO. Se derogan todas las disposiciones legales que se opongan al presente Decreto.

P.O. 13 DE SEPTIEMBRE DE 2021.

[N. DE E. TRANSITORIOS DEL “DECRETO 1250.- SE REFORMA EL ARTÍCULO 135 EN SU PÁRRAFO NOVENO, DEL CÓDIGO PENAL DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ”.] PRIMERO. Este Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado "Plan de San Luis".

SEGUNDO. Se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente Decreto.

P.O. 13 DE SEPTIEMBRE DE 2021.

[N. DE E. TRANSITORIOS DEL “DECRETO 1261.- SE REFORMA LOS ARTÍCULOS 133 Y 139, DEL CÓDIGO PENAL DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ”.] PRIMERO. Este Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado “Plan de San Luis”.

SEGUNDO. Se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente Decreto.

P.O. 13 DE SEPTIEMBRE DE 2021.

[N. DE E. TRANSITORIOS DEL “DECRETO 1262.- SE REFORMA EL ARTÍCULO 218 EN SUS FRACCIONES XVI Y XVII; Y ADICIONA AL MISMO ARTÍCULO 218 LA FRACCIÓN XVIII, DEL CÓDIGO PENAL DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ”.] PRIMERO. Este Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado "Plan de San Luis".

SEGUNDO. Se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente Decreto.

P.O. 3 DE MARZO DE 2022.

[N. DE E. TRANSITORIOS DEL “DECRETO 0275.- SE REFORMA EL ARTÍCULO 317 EN SUS FRACCIONES I A IV, DEL CÓDIGO PENAL DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ”.] PRIMERO. Este Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado “Plan de San Luis”.

SEGUNDO. Se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente Decreto.

P.O. 24 DE MARZO DE 2022.

[N. DE E. TRANSITORIOS DEL “DECRETO 0288.- SE REFORMA EL ARTÍCULO 187 EN SU PÁRRAFO PRIMERO DEL CÓDIGO PENAL DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ”.] PRIMERO. Este Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado “Plan de San Luis”.

SEGUNDO. Se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente Decreto.

P.O. 18 DE MAYO DE 2022.

[N. DE E. TRANSITORIOS DEL “DECRETO 0320.- SE REFORMA EL ARTÍCULO 142 BIS EN SUS PÁRRAFOS PRIMERO Y CUARTO, DEL CÓDIGO PENAL DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ”.] PRIMERO. Este Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado “Plan de San Luis”.

SEGUNDO. Se derogan las disposiciones que se opongan al presente Decreto.

P.O. 18 DE MAYO DE 2022.

[N. DE E. TRANSITORIOS DEL "DECRETO 0322.- SE REFORMA EL ARTÍCULO 114; Y ADICIONA AL ARTÍCULO 4° UNA FRACCIÓN, DE LA LEY DE PROTECCIÓN A LOS ANIMALES PARA EL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ; SE REFORMA EL ARTÍCULO 317 BIS EN SU PÁRRAFO PRIMERO, DEL CÓDIGO PENAL DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ".] PRIMERO. Este Decreto entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado "Plan de San Luis." SEGUNDO. Se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente Decreto.

P.O. 8 DE JUNIO DE 2022.

[N. DE E. TRANSITORIOS DEL "DECRETO 0333.- SE REFORMA EL ARTÍCULO 183, EN SU PÁRRAFO PRIMERO, DEL CÓDIGO PENAL DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ".] PRIMERO. Este Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado "Plan de San Luis.

SEGUNDO. Se derogan las disposiciones que se opongan al presente Decreto.

P.O. 15 DE JULIO DE 2022.

[N. DE E. TRANSITORIOS DEL "DECRETO 0362.- SE REFORMAN LOS ARTÍCULOS 109 EN SU FRACCIÓN IV Y 175 EN SU PÁRRAFO PRIMERO; Y ADICIONA EL ARTÍCULO 175 BIS, DE LA LEY AMBIENTAL DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ. SE REFORMAN LOS ARTÍCULOS 305 EN SU PÁRRAFO ÚLTIMO Y 310, DEL CÓDIGO PENAL DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ".] PRIMERO. Este Decreto entrará en vigencia el día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado "Plan de San Luis".

SEGUNDO. Se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente Decreto.

P.O. 9 DE SEPTIEMBRE DE 2022.

[N. DE E. TRANSITORIOS DEL “DECRETO 0380.- SE ADICIONA AL ARTÍCULO 160, EL PÁRRAFO QUINTO, DEL CÓDIGO PENAL DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ”.] PRIMERO. Este Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado "Plan de San Luis”.

SEGUNDO. Se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente Decreto.

P.O. 14 DE OCTUBRE DE 2022.

[N. DE E. TRANSITORIOS DEL “DECRETO 0400.- SE REFORMA EL ARTÍCULO 153 EN SU FRACCIÓN I Y ADICIONA AL MISMO ARTÍCULO 153 EL PÁRRAFO QUINTO, DEL CÓDIGO PENAL DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ”.] PRIMERO. Este Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado "Plan de San Luis”.

SEGUNDO. Se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente Decreto.

P.O. 14 DE OCTUBRE DE 2022.

[N. DE E. TRANSITORIOS DEL "DECRETO 0402.- SE REFORMAN LOS ARTÍCULOS 159 EN SU PÁRRAFO PRIMERO Y 160 EN SU PÁRRAFO PRIMERO, DEL CÓDIGO PENAL DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ".] PRIMERO. Este Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado "Plan de San Luis".

SEGUNDO. Se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente Decreto.

P.O. 14 DE OCTUBRE DE 2022.

[N. DE E. TRANSITORIOS DEL “DECRETO 0403.- SE REFORMA EL ARTÍCULO 135, EN SU PÁRRAFO NOVENO, DEL CÓDIGO PENAL DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ”.] PRIMERO. Este Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado "Plan de San Luis”.

SEGUNDO. Se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente Decreto.

P.O. 14 DE OCTUBRE DE 2022.

[N. DE E. TRANSITORIOS DEL "DECRETO 0407.- SE REFORMA EL ARTÍCULO 218 EN SU FRACCIÓN XII Y EN SU PÁRRAFO PENÚLTIMO, DEL CÓDIGO PENAL DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ".] PRIMERO. Este Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado "Plan de San Luis".

SEGUNDO. Se derogan las disposiciones que se opongan al presente Decreto.

P.O. 2 DE DICIEMBRE DE 2022.

[N. DE E. TRANSITORIOS DEL “DECRETO 0542.- SE REFORMAN LOS ARTÍCULOS 9°, 13 Y 91; Y ADICIONA AL ARTÍCULO 92 EL PÁRRAFO CUARTO, DEL CÓDIGO FAMILIAR PARA EL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ. SE REFORMAN LOS ARTÍCULOS 205 EN SU PÁRRAFO ÚLTIMO Y 205 BIS EN SUS FRACCIONES IV Y V, Y EN LA PARTE ESPECIAL EN EL

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

Pregúntale a Ian

¿Cómo se aplica el artículo 376 de Código Penal del Estado de San Luis Potosí a tu caso?

Ian es un asistente jurídico con IA que busca en 69,002 tesis del SJF, 618 resoluciones de la Corte IDH y las reformas del DOF para explicarte qué criterios interpretan esta disposición — siempre con la cita exacta y verificable, sin inventar.

Preguntar gratis → 1 consulta gratis al día · sin tarjeta · sin instalación

Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 376 de Código Penal del Estado de San Luis Potosí?

(DEROGADO, P.O. 27 DE FEBRERO DE 2023) SEGUNDO. Se ABROGA el Código Penal del Estado de San Luis Potosí, expedido en el Decreto Legislativo 1155 publicado en el Periódico Oficial del Estado el dieciséis de octubre de…

¿Está vigente el artículo 376?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 2000-01-01. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

Puedes preguntarle a Ian, que busca entre 69,002 tesis del Semanario Judicial de la Federación y 618 resoluciones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, citando cada criterio aplicable.