Artículo 125 de Código Penal del Estado Libre y Soberano de Puebla
Código Penal del Estado Libre y Soberano de Puebla · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 125.- Por la prescripción se extingue la acción persecutoria y la facultad de ejecutar las sanciones.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.