Artículo 182 de Código Penal del Estado Libre y Soberano de Puebla
Código Penal del Estado Libre y Soberano de Puebla · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 182.- Las disposiciones de esta sección se aplicarán salvo lo que disponga la Legislación Federal sobre la materia.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.