Artículo 5 de Código Penal del Estado Libre y Soberano de Puebla
Código Penal del Estado Libre y Soberano de Puebla · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 5°.- Cuando se cometa un delito no previsto en este Código, pero sí en una ley especial, se aplicará ésta, observándose en lo conducente las disposiciones de aquél.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.