Artículo 93 de Código Penal del Estado para el Estado de Tabasco
Código Penal del Estado para el Estado de Tabasco · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 93.- La muerte del inculpado o imputado, extingue la pretensión punitiva; la del sentenciado. extingue a su vez las penas o medidas de seguridad impuestas, a excepción del decomiso y la reparación del daño, en su caso, respecto de los terceros obligados.
(DEROGADO CON EL ARTÍCULO QUE LO INTEGRA, P.O. 6 DE OCTUBRE DE 2012)
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.