Artículo 183 de Código Penal Federal
Código Penal Federal · Última reforma de referencia: 07-06-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 183.- Cuando la ley autorice el empleo del apremio para hacer efectivas las determinaciones de la autoridad, sólo se consumará el delito de desobediencia cuando se hubieren agotado los medios de apremio.
CAPITULO II Oposición a que se ejecute alguna obra o trabajo públicos
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.