Código federal

Artículo 305 de Código Penal Federal

Código Penal Federal · Última reforma de referencia: 07-06-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 305.- No se tendrá como mortal una lesión, aunque muera el que la recibió: cuando la muerte sea resultado de una causa anterior a la lesión y sobre la cual ésta no haya influido, o cuando la lesión se hubiere agravado por causas posteriores, como la aplicación de medicamentos positivamente nocivos, operaciones quirúrgicas desgraciadas, excesos o imprudencias del paciente o de los que lo rodearon.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

El artículo 305 del Código Penal Federal establece que no se considerará mortal una lesión si la muerte de la persona que la recibió se debe a una causa que ya existía antes de la lesión y que no fue influenciada por esta. Además, si la lesión se agrava por factores posteriores, como el uso de medicamentos perjudiciales, operaciones quirúrgicas que resultan en complicaciones, o imprudencias del paciente o de quienes lo atienden, tampoco se considerará que la lesión fue la causa de la muerte.

  • No se considera mortal una lesión si la muerte se debe a causas previas.
  • La lesión no influye en la muerte si esta se agrava por factores posteriores.
  • Ejemplos de factores posteriores incluyen medicamentos nocivos y errores en la atención médica.

Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 305 de Código Penal Federal?

El artículo 305 del Código Penal Federal establece que no se considerará mortal una lesión si la muerte de la persona que la recibió se debe a una causa que ya existía antes de la lesión y que no fue influenciada por esta. Además, si la lesión se agrava por factores posteriores,…

¿Está vigente el artículo 305?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 07-06-2024. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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