Código federal

Artículo 341 de Código Penal Federal

Código Penal Federal · Última reforma de referencia: 07-06-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 341.- Al que habiendo atropellado a una persona, culposa o fortuitamente, no le preste auxilio o no solicite la asistencia que requiere, pudiendo hacerlo se le impondrá de quince a sesenta jornadas de trabajo en favor de la comunidad, independientemente de la pena que proceda por el delito que con el atropellamiento se cometa.

Fe de erratas al artículo DOF 31-08-1931. Reformado DOF 30-12-1991, 10-01-1994

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

El artículo 341 del Código Penal Federal se refiere a la obligación de ayudar a una persona que ha sido atropellada, ya sea de manera culposa o fortuita. Si alguien no brinda auxilio o no solicita la asistencia necesaria, y tiene la capacidad de hacerlo, se enfrenta a una sanción.

La pena por esta omisión consiste en trabajar de quince a sesenta jornadas en beneficio de la comunidad. Esta sanción se impone además de cualquier otra pena que pueda corresponder por el delito cometido al atropellar a la persona.

  • Obligación de prestar auxilio a un atropellado.
  • Penalización por no ayudar, si se puede hacer.
  • Trabajo comunitario como sanción adicional.

Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 341 de Código Penal Federal?

Al que habiendo atropellado a una persona, culposa o fortuitamente, no le preste auxilio o no solicite la asistencia que requiere, pudiendo hacerlo se le impondrá de quince a sesenta jornadas de trabajo en favor de la…

¿Está vigente el artículo 341?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 07-06-2024. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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