El artículo 348 del Código Penal Federal ha sido derogado, lo que significa que ya no tiene validez ni efecto legal. La derogación de un artículo implica que las disposiciones que contenía han sido eliminadas del ordenamiento jurídico. Esto puede suceder por diversas razones, como cambios en la legislación o la necesidad de actualizar el marco legal.
Es importante tener en cuenta que, al estar derogado, este artículo no se aplica en ningún caso y no puede ser invocado en procedimientos legales. La derogación se formalizó en el Diario Oficial de la Federación el 23 de diciembre de 1985.
Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.