Código federal

Artículo 388 de Código Penal Federal

Código Penal Federal · Última reforma de referencia: 07-06-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 388.- Al que por cualquier motivo teniendo a su cargo la administración o el cuidado de bienes ajenos, con ánimo de lucro perjudique al titular de éstos, alterando las cuentas o condiciones de los contratos, haciendo aparecer operaciones o gastos inexistentes o exagerando los reales, ocultando o reteniendo valores o empleándolos indebidamente, o a sabiendas realice operaciones perjudiciales al patrimonio del titular en beneficio propio o de un tercero, se le impondrán las penas previstas para el delito de fraude.

Fe de erratas al artículo DOF 31-08-1931. Derogado DOF 30-12-1975. Adicionado DOF 13-01-1984. Reformado DOF 10-01-1994

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

El artículo 388 del Código Penal Federal se refiere a las acciones de una persona que, al tener la responsabilidad de administrar o cuidar bienes que pertenecen a otra, actúa de manera perjudicial para el propietario. Esto incluye alterar cuentas o contratos, crear gastos o ingresos que no existen, ocultar o retener valores, o usar los bienes de forma inapropiada.

Si una persona realiza estas acciones con la intención de obtener un beneficio económico, ya sea para sí misma o para un tercero, se le aplicarán las mismas penas que se establecen para el delito de fraude. Esto significa que hay consecuencias legales serias para quienes manejan mal los bienes ajenos con ánimo de lucro.

  • Administración o cuidado de bienes ajenos.
  • Alteración de cuentas o contratos.
  • Creación de gastos o ingresos falsos.
  • Uso indebido de valores.
  • Beneficio propio o de terceros.

Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 388 de Código Penal Federal?

El artículo 388 del Código Penal Federal se refiere a las acciones de una persona que, al tener la responsabilidad de administrar o cuidar bienes que pertenecen a otra, actúa de manera perjudicial para el propietario. Esto incluye alterar cuentas o contratos, crear gastos o…

¿Está vigente el artículo 388?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 07-06-2024. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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