El artículo 427 Quinquies del Código Penal Federal se refiere a las sanciones por la supresión o alteración de información relacionada con la gestión de derechos de autor. Se establece que quien realice estas acciones, sabiendo que son ilegales y con el objetivo de obtener un beneficio económico, enfrentará penas de prisión de seis meses a seis años, además de multas que van de quinientos a mil días de salario.
Las sanciones también aplican a quienes distribuyan o importen información que ha sido alterada o suprimida sin autorización, así como a aquellos que compartan copias de obras o fonogramas con conocimiento de que la información sobre gestión de derechos ha sido manipulada. Esto busca proteger los derechos de autor y asegurar que la información relacionada con ellos se maneje de manera legal.
- Suprimir o alterar información sobre gestión de derechos sin autorización es un delito.
- Las penas incluyen prisión y multas económicas.
- Distribuir información alterada también se considera un delito.
Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.