Código Penal estatal

Artículo 163 de Código Penal para el Estado de Chiapas

Código Penal para el Estado de Chiapas · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 163.- A los responsables de un homicidio calificado conforme a lo dispuesto por el artículo 170 de este Código, se les aplicará la sanción de veinticinco a cincuenta años de prisión.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 163 de Código Penal para el Estado de Chiapas?

A los responsables de un homicidio calificado conforme a lo dispuesto por el artículo 170 de este Código, se les aplicará la sanción de veinticinco a cincuenta años de prisión.

¿Está vigente el artículo 163?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 2000-01-01. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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