Artículo 80 de Código Penal para el Estado de Chiapas
Código Penal para el Estado de Chiapas · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 80.- En caso de concurso ideal, se aplicará la pena del delito que merezca la mayor, la cual podrá aumentarse hasta en una mitad del máximo de su duración.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.