Artículo 1 de Código Penal para el Estado de Colima
Código Penal para el Estado de Colima · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTÍCULO 1. Aplicación del Código.
El presente Código es de orden público y de interés general, le son aplicables enunciativamente los principios establecidos en los artículos 1, 13, 14, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22 y 38 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, las normas relativas a los derechos humanos y tratados internacionales de los que el Estado mexicano sea parte, y las previstas en este Código.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.