Artículo 156 de Código Penal para el Estado de Hidalgo — Hidalgo
Código Penal para el Estado de Hidalgo — Hidalgo · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTICULO 156.- Aborto forzado es la interrupción del embarazo sin el consentimiento de la mujer.
A quien cometa el delito de aborto forzado, se le aplicará una pena de tres a siete años de prisión y de 40 a 150 días multa, y si mediare violencia, se impondrá de cuatro a nueve años de prisión y de 50 a 200 días multa.
Si el delito de aborto lo comete un médico partero, enfermero o practicante de medicina, además de las penas que le correspondan, se impondrá al responsable la suspensión del ejercicio profesional por un tiempo igual al de la pena de prisión impuesta.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.