Código Penal estatal

Artículo 302 de Código Penal para el Estado de Hidalgo

Código Penal para el Estado de Hidalgo · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

ARTICULO 302.- El servidor público que por sí o por interpósita persona sustraiga, destruya u oculte, reproduzca, entregue, utilice o inutilice ilícitamente información o documentación que se encuentre bajo custodia o a la cual tenga acceso o de la que tenga conocimiento en virtud de su empleo, cargo o comisión, se le impondrá de uno a cinco años de prisión y multa de 20 a 250 días.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 302 de Código Penal para el Estado de Hidalgo?

El servidor público que por sí o por interpósita persona sustraiga, destruya u oculte, reproduzca, entregue, utilice o inutilice ilícitamente información o documentación que se encuentre bajo custodia o a la cual tenga…

¿Está vigente el artículo 302?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 2000-01-01. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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