Artículo 360 de Código Penal para el Estado de Hidalgo — Hidalgo
Código Penal para el Estado de Hidalgo — Hidalgo · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTICULO 360.- A quien fraccione o divida en lotes un bien inmueble o porción de este, lo transfiera o prometa transferir la propiedad, la posesión o cualquier derecho, sin que cuente con la debida autorización por escrito de la Autoridad Administrativa competente para ello o aún contando con esta no se ajuste en sus términos, se le impondrá de cinco a doce años de prisión y quinientos a mil días de multa procediendo al decomiso del bien inmueble materia del delito.
(ADICIONADO, P.O. 31 DE DICIEMBRE DE 2007)
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.