Artículo 111 de Código Penal para el Estado de Nayarit
Código Penal para el Estado de Nayarit · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTÍCULO 111.- Los montos por concepto de conmutación de la pena, son créditos a favor de la hacienda estatal y se aplicarán a favor del Fondo Auxiliar para la Administración de Justicia.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.