Artículo 132 de Código Penal para el Estado de Nayarit
Código Penal para el Estado de Nayarit · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTÍCULO 132.- La reinserción social tiene por objeto reintegrar al condenado al ejercicio de los derechos civiles, políticos o de familia, que había perdido en virtud de sentencia ejecutoria dictada en un proceso, o en cuyo ejercicio estuviere suspendido.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.