Artículo 20 de Código Penal para el Estado de Nayarit
Código Penal para el Estado de Nayarit · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTÍCULO 20.- Cuando una misma materia aparezca regulada por diversas disposiciones deberá aplicarse aquella que favorezca en todo tiempo a las personas la protección más amplia.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.