Artículo 22 de Código Penal para el Estado de Nayarit
Código Penal para el Estado de Nayarit · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTÍCULO 22.- El delito sólo puede ser realizado por acción o por omisión.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.