Código Penal estatal

Artículo 252 de Código Penal para el Estado de Nuevo León

Código Penal para el Estado de Nuevo León · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

ARTÍCULO 252.- EL TESTIGO, PERITO, O INTÉRPRETE QUE SE RETRACTE ESPONTÁNEAMENTE DE SUS FALSAS DECLARACIONES RENDIDAS EN JUICIO, ANTES DE QUE SE PRONUNCIE SENTENCIA EN LA INSTANCIA EN QUE LAS DIERE, SE LE SANCIONARÁ CON PRISIÓN DE SEIS MESES A TRES AÑOS.

PERO SI FALTARE A LA VERDAD AL RETRACTARSE DE SUS DECLARACIONES, SE LE APLICARA LA SANCION QUE CORRESPONDA CON ARREGLO A LO PREVENIDO EN ESTE CAPITULO, CONSIDERANDOLO COMO REINCIDENTE.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 252 de Código Penal para el Estado de Nuevo León?

EL TESTIGO, PERITO, O INTÉRPRETE QUE SE RETRACTE ESPONTÁNEAMENTE DE SUS FALSAS DECLARACIONES RENDIDAS EN JUICIO, ANTES DE QUE SE PRONUNCIE SENTENCIA EN LA INSTANCIA EN QUE LAS DIERE, SE LE SANCIONARÁ CON PRISIÓN DE SEIS…

¿Está vigente el artículo 252?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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