Artículo 211 de Código Penal para el Estado de Sinaloa — Sinaloa
Código Penal para el Estado de Sinaloa — Sinaloa · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTICULO 211.- Si la violencia constituyere algún otro delito, se aplicarán las reglas del concurso.
Esta disposición no será aplicable cuando el delito tenga carácter federal, por así determinarlo la ley.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.