Artículo 224 de Código Penal para el Estado de Sinaloa
Código Penal para el Estado de Sinaloa · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTICULO 224.- Al que se apodere de cinco o más cabezas de ganado, cualquiera que sea su especie, calidad o destino, se le impondrá prisión de seis a catorce años y de doscientos cincuenta a cuatrocientos días multa.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.