Código Penal estatal

Artículo 244 de Código Penal para el Estado de Sinaloa — Sinaloa

Código Penal para el Estado de Sinaloa — Sinaloa · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

ARTICULO 244.- Se aplicará prisión de uno a seis años y privación de los derechos inherentes al parentesco, a la custodia o a la tutela en relación con el ofendido, al que:

I.- Inscriba o haga inscribir en el Registro Civil a una persona con una filiación que no le corresponda u ocultando indebidamente el nombre de uno o ambos progenitores;

II.- Inscriba o haga inscribir el nacimiento de una persona, sin que éste hubiese ocurrido;

III.- Omita la inscripción de una persona, teniendo dicha obligación con el propósito de hacerle perder los derechos derivados de su filiación;

IV.- Desconozca o haga incierta la relación de filiación para liberarse de las obligaciones derivadas de la patria potestad;

V.- Dolosamente sustituya a un menor por otro o cometa ocultación de aquél para perjudicarlo en sus derechos de familia;

VI.- Usurpe el estado civil o la filiación de otro, con el fin de adquirir derechos de familia que no le correspondan;

VII.- Registre o haga registrar un divorcio o nulidad de matrimonio que no hubiese sido declarado por sentencia ejecutoria; o VIII.- Declare falsamente el fallecimiento de una persona en el acta respectiva.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 244 de Código Penal para el Estado de Sinaloa — Sinaloa?

ARTICULO 244.- Se aplicará prisión de uno a seis años y privación de los derechos inherentes al parentesco, a la custodia o a la tutela en relación con el ofendido, al que: I.- Inscriba o haga inscribir en el Registro…

¿Está vigente el artículo 244?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 2000-01-01. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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