Artículo 225 de Código Penal para el Estado de Tamaulipas
Código Penal para el Estado de Tamaulipas · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTICULO 225.- Al responsable del delito de intimidación se le impondrá una sanción de dos a nueve años de prisión, multa de doscientos a cuatrocientos días salario, destitución e inhabilitación de seis a catorce años para desempeñar otro empleo, cargo o comisión.
Periódico Oficial del Estado Página 45 de 92 Código Penal para el Estado de Tamaulipas Última reforma POE No. 104 31-08-2011 Decreto LII-410 Fecha de expedición 24 de octubre de 1986 Fecha de promulgación 11 de noviembre de 1986 Fecha de publicación Periódico Oficial Anexo al número 102 de fecha 20 de diciembre de 1986.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.