Artículo 23 de Código Penal para el Estado de Tamaulipas
Código Penal para el Estado de Tamaulipas · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTICULO 23.- Cuando una disposición incluya el contenido de ilicitud de otra, subsumiéndola, se aplicará la primera.
La norma especial prevalece sobre la general.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.