Código Penal estatal

Artículo 365 de Código Penal para el Estado de Tamaulipas

Código Penal para el Estado de Tamaulipas · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

ARTICULO 365.- El automovilista, motorista, conductor de un vehículo cualquiera, ciclista o jinete, que deje en estado de abandono, sin prestar o facilitar asistencia a la persona a quien atropelló por culpa o accidente, se le impondrá una sanción de dos meses a un año de prisión.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 365 de Código Penal para el Estado de Tamaulipas?

El automovilista, motorista, conductor de un vehículo cualquiera, ciclista o jinete, que deje en estado de abandono, sin prestar o facilitar asistencia a la persona a quien atropelló por culpa o accidente, se le…

¿Está vigente el artículo 365?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 2000-01-01. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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