Código Penal estatal

Artículo 369 de Código Penal para el Estado de Tamaulipas

Código Penal para el Estado de Tamaulipas · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

ARTICULO 369.- Comete el delito de golpes y violencias físicas simples:

I.- El que, públicamente y fuera de riña, diere a otro una bofetada, un puñetazo, un latigazo o cualquier otro golpe en la cara;

II.- El que azotare a otro para injuriarle;

III.- El que infiera cualquier otro golpe simple.

Son simples los golpes y violencias físicas que no causen lesión y sólo se castigarán cuando se infieran con intención de ofender a quien los recibe.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 369 de Código Penal para el Estado de Tamaulipas?

Comete el delito de golpes y violencias físicas simples: I.- El que, públicamente y fuera de riña, diere a otro una bofetada, un puñetazo, un latigazo o cualquier otro golpe en la cara; II.- El que azotare a otro para…

¿Está vigente el artículo 369?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 2000-01-01. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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