Artículo 388 de Código Penal para el Estado de Tamaulipas
Código Penal para el Estado de Tamaulipas · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTICULO 388.- Comete el delito de privación ilegal de la libertad y de otras garantías:
I.- El particular que ilegalmente prive a otro de su libertad; y II.- El que por cualquier medio prive con perjuicio de otro, de los derechos y garantías establecidos por la Constitución General de la República en favor de las personas, siempre que no tenga señalada pena especial en este Código u otras leyes.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.