Artículo 15 de Código Penal para el Estado de Zacatecas
Código Penal para el Estado de Zacatecas · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
15.- Las causas que excluyen la responsabilidad penal se investigarán y se harán valer, en cualquier estado del procedimiento, de oficio o a petición de parte interesada.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.