Artículo 279 de Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Jalisco
Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Jalisco · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Art. 279. Para proceder penalmente por los delitos previstos en este
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.