Artículo 62 de Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Oaxaca
Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Oaxaca · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
62.- Si la capacidad del autor de comprender el carácter ilícito del hecho, o de determinarse de acuerdo con esa comprensión, solo se encuentra disminuida por las causas señaladas en el artículo 14 de este Código, a juicio del juzgador, según proceda, se le impondrán desde las dos terceras partes del mínimo a las dos terceras partes del máximo de la punibilidad, correspondiente al delito cometido, o de la medida de seguridad a que se refiere el artículo 56 o bien ambas, en caso de ser necesario, tomando en cuenta el grado de afectación de la imputabilidad del autor.
63.- (DEROGADO, P.O. 28 DE NOVIEMBRE DE 1998)
(REFORMADA SU DENOMINACIÓN, P.O. 7 DE MAYO DE 2015)
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.